“Hay que tener en cuenta que la legislación en materia de extranjería está
pensada para trabajadores varones”
En julio entrevistamos a la compañera Beatriz Cercas García, asesora jurídica de la Asociación de Derechos Humanos de Extremadura (ADHEX), para que nos explicara, desde su experiencia, las dificultades a las que se enfrenta la población migrante en Extremadura, especialmente las mujeres.
Hemos
divido la entrevista en dos partes, debido a su extensión. A continuación
presentamos la primera parte.
CACTALA: Para comenzar ¿puedes
explicarnos el trabajo que realizas como asesora?
Beatriz: ADHEX desarrolla en Extremadura el programa Migradhex, que
consiste en asesoramiento jurídico y social en materia de Extranjería, tanto a
personas extranjeras como españolas. Se atienden consultas de población de la
región, pero también de otras comunidades autónomas e incluso de otros países,
a través de la web y correo electrónico. Por ejemplo, entre otras, recibimos
consultas de personas que quieren migrar a España por primera vez o regresar a
su país, parejas de gente española, visados de estudiantes, particulares o
empresas que quieren contratar a una persona extranjera.
Ya conoces el proyecto de CACTALA
¿podrías describir particularidades de
las áreas de trabajo del proyecto (la ciudad de Cáceres y la zona del Campo Arañuelo)?
En la Comarca de Campo Arañuelo la
mayoría las personas extranjeras son origen marroquí y de una zona concreta, el
Rif, por lo que casi todo el mundo se conoce. Además de ser una
población con diferente religión e idioma, provienen de una región muy pobre de
Marruecos en la que el analfabetismo es muy alto, y ese es el mayor choque que
nos podemos encontrar a la hora de la convivencia.
ADHEX trabaja mucho en esa
zona, bien porque se acerca gente directamente, porque nos conocen, o a través
de derivación de entidades como CEPAIM, UGT, la Liga Española de la Educación y
la Cultura Popular y Cruz Roja, así como los propios Servicios Sociales. El
programa es conocido, ya que trabajamos allí desde el año 2.000.
En la ciudad de Cáceres es
diferente, hay más nacionalidades y se encuentran en otro sector laboral.
El perfil más común es mujer de origen latinoamericano que se ocupa en el
sector servicios, principalmente en hostelería, servicio doméstico y cuidado de
personas dependientes.
Por tanto, mientras
que en Campo Arañuelo el
perfil es de varón marroquí y joven, que se dedica a la agricultura, en Cáceres las nacionalidades son
más variadas, aunque el perfil suele ser el de mujer latinoamericana y empleada
del sector servicios.
Sabemos
que en ADHEX existe un compromiso en trabajar por los derechos humanos de las
mujeres y en la promoción de la igualdad de género, por tanto, desde esta
sensibilidad, queríamos preguntarte sobre las principales dificultades a las
que se enfrentan las mujeres migrantes.
Las dificultades que tienen las
mujeres, en general, más el plus de ser inmigrantes. Desde que deciden migrar, todo el proceso es mucho
más duro y peligroso por el mero hecho de ser mujer. También es verdad que
depende de la nacionalidad de la mujer y de cómo realice su migración y el
motivo de la misma (migrar por estudios, trabajo, guerras, hambrunas,
violencia, etc.). Por ejemplo, las latinoamericanas que vienen a España
normalmente llegan con visado de turista o ya con su visado de residencia y
trabajo, mientras que las mujeres centroafricanas que vienen -en muchas
ocasiones víctimas de las mafias- viajan durante años, con una mayor exposición
a peligros y un alto coste personal y económico.
Con respecto a las zonas de
intervención de CACTALA -norte de la provincia y Cáceres capital- existen
también diferencias. Sin ahondar mucho y en líneas generales, las mujeres del
norte de la provincia, de origen magrebí, suelen llegar a través de una
migración “de arrastre”, es decir, mediante reagrupación familiar aunque
también está cambiando poco a poco; por tanto se puede decir que son sujetas
pasivas mientras que las migrantes de origen latinoamericano son protagonistas
de su propio proceso migratorio.
Todo esto tiene que ver con el
mercado laboral. En Campo Arañuelo la población inmigrante trabaja en la
agricultura, un sector masculinizado, así que son los varones los que vienen
primero, reagrupando con posterioridad a sus cónyuges. Por el contrario, en las
ciudades donde el nicho de mercado se encuentra en el sector del cuidado de
personas dependientes, son las mujeres las que migran primero y reagrupan con
el tiempo a sus conyugues.
En definitiva, los flujos
migratorios se van adaptando a las necesidades del mercado, dependiendo de la
demanda, por eso las primeras migraciones en Campo Arañuelo, allá por los
noventa, se produjeron por las campañas del tabaco y quienes venían eran los
hombres. Ahora las cosas han cambiado. Mucha
de esa población ya tiene la nacionalidad española, habiendo segundas generaciones.
Así, ahora está ocurriendo que hay mujeres españolas de origen marroquí, que
reagrupan a varones marroquíes con los que contraen matrimonio. Esto
en el caso de que tengan la nacionalidad, porque también hay jóvenes que
habiendo nacido aquí no tienen la nacionalidad y a lo mejor ni siquiera han
estado en Marruecos.
Eso
también queríamos preguntarte ¿qué pasa con la población menor de edad nacida
aquí pero cuyas familias son extranjeras ¿tienen los mismos derechos que la
población española "de origen"?
Es verdad que hay derechos que en
muchos casos no lo pueden ejercer porque sus padres o madres son extranjeras y
no tienen permiso de residencia o no reúnen los requisitos para la reagrupación
familiar.
Incluso hay dificultades para la
población menor de edad que sí es de nacionalidad española, sigue estando
limitada porque sus padres son extranjeros, por su cultura, etc. se tiene más
en cuenta el origen familiar que la nacionalidad. Ellos y ellas se sienten
ciudadanos y ciudadanas de segunda. Puedes tener todos los derechos del mundo,
pero si nos los puedes ejercer es como si no los tuvieras.
Es un tema complejo porque hay un
cruce de derechos, leyes e intereses enfrentados, entre derechos como el de la
intimidad personal y familiar o la propia ley del menor, y la ley de
extranjería. ¿Qué pasa por ejemplo si un niño o una niña es de nacionalidad
española pero su madre o su padre no lo es o no tienen permiso de residencia o
lo perdieron? Puede ser que sus progenitores sean expulsados del país y ese
niño o niña se encuentre con sus derechos vulnerados.
Pero entonces
¿nacer en España te otorga residencia legal?
No, si tus padres tiene residencia
legal puedes tenerla, sino no. Nacer en España es un hecho que se recoge en el
Registro Civil, pero se tiene la nacionalidad de los padres y/o de las madres.
En estos casos, los y las jóvenes adquieren normalmente la nacionalidad por
residencia. Para tener la nacionalidad española, la norma general es llevar 10
años de residencia legal.
¿Y cómo acumulas esos diez años
necesarios para la residencia legal?
Con el permiso de residencia. Se necesita
acreditar 10 años residiendo en España de manera continuada e inmediatamente
anterior a la solicitud.
A ver, antes de nada os explico un
poco en qué diferentes situaciones se pueden encontrar las personas extranjeras
en España. Existe una primera clasificación: regulares e irregulares,
es decir con autorización o sin autorización. Entre las
personas que tienen permiso nos encontramos, por ejemplo, con las personas con
asilo, apátridas, personas de la Europa Comunitaria, y la población de
países no comunitarios en el régimen general.
En cada caso aplica una legislación específica.
Ahora bien, todo el mundo debe venir
con su documentación y su autorización concedida y visado correspondiente, por
ejemplo en el régimen general es necesario llegar a España
con visado (hay varios tipos) para poder estar de forma regular.
Cuando hablamos de
"irregulares", quienes no tienen autorización, la mayoría ha venido
con visado de turista, que deviene en irregular ya que mucha gente decide
quedarse, pero han entrado de forma regular.
Cuando estas de forma irregular, la
persona tiene pocas opciones para regularizar tu situación. Existen una serie de requisitos, lo más común es
el arraigo, que puede ser:
- Arraigo social: llevar más de tres años de forma irregular y acreditarlo, además de otros requisitos, por ejemplo tener un contrato de trabajo de al menos un año, certificado de antecedentes penales de su país de origen, informe social…
- Arraigo familiar: llevar más de tres años y estar casada/o con ciudadana/o que tenga residencia.
- Arraigo laboral: acreditar que has estado trabajando de forma irregular, a través de denuncia ante el juzgado, policía o la inspección de trabajo.
- Ser madre o padre de español o española de origen, es decir: que tu hijo o hija hayan obtenido la nacionalidad por su otro progenitor o progenitora.
- Ser víctima de Violencia de Género, por ser víctima de Trata, por ser víctima de algún delito tipificado en el código penal como racismo, xenofobia, etc.
- Y por razones humanitarias como una enfermedad grave sobrevenida que no se pueda curar en su país, un accidente etc.
Estas son
las excepciones, si no se puede acreditar ninguna de ellas, no puedes
regularizar tu situación, no te computa para nacionalidad y puedes pasarte
muchos años estando irregular.
También puede ocurrir que seas
regular y quedarte irregular porque no has cotizado o porque tu padre y/o madre
no reúnen los medios económicos suficientes para renovar tu permiso, ya que las
personas menores de edad dependen de sus padres y/o madres. Esta situación se
da mucho en Campo Arañuelo, que tu padre -ya que normalmente es el padre- no
reúna los medios económicos suficientes para regularizar a toda su descendencia
y, por tanto, algún o alguna menor se queda en situación irregular, con lo que
ello conlleva; a partir de los 16 años, cuando la educación deje de ser
obligatoria, seguramente tendrá problemas; de hecho para poder seguir
estudiando necesita un permiso de estudiante que debe tramitar en el país de
origen suyo y/o de sus progenitores.
Hay que tener en cuenta que la
legislación en materia de extranjería estaba pensada para trabajadores varones,
para otras realidades solo se contemplaba la reagrupación.
La persona
renueva porque cotiza y todos los permisos van en función de las cotizaciones y
de los medios económicos, los cuales nunca pueden ser provistos por las
administraciones, la idea es que “no vivas en España de ayudas o
subvenciones”; si es así, ni renuevas ni tienes permiso.
Y en esta circunstancia está mucha
gente, recibe ayudas, por ejemplo, por ser familia numerosa, pero no cumplen
los requisitos económicos. El resultado es que hay niños y niñas que no tienen
permiso de residencia o que lo han tenido y lo han perdido, por la crisis por
ejemplo, porque sus padres o madres lo perdieron.
¿Podrías
profundizar en eso de que la ley de
extranjería estaba pensada para trabajadores varones?
Los
contingentes estaban pensados para la construcción y el campo, para hombres.
Desde la estructura, por ejemplo, el alojamiento, en barracones…la perspectiva
de género es cero. Esta ideado para hombres sanos que vengan a trabajar.
¿Las mujeres dónde se incorporan?
¿Qué nichos de mercado cubren? Sector servicios y sobre todo los cuidados de
personas dependientes, donde el control laboral es difícil, por dificultades
como la inviolabilidad del domicilio que dificultan que haya inspecciones de
trabajo. Por tanto es uno de los sectores donde más abusos se producen, donde
más vulneraciones de derechos hay… ¿Y quiénes está ahí?: Las mujeres.
Por
ejemplo, en el caso de las mujeres que están en barracones, están más expuestas
a la violencia machista, como el caso reciente de las temporeras de Huelva...
En cuanto a las trabajadoras del sector doméstico, cubren una necesidad que había en España, ¿no?, “la crisis de los cuidados”.
La crisis de los cuidados existe.
Desde que las mujeres en España se incorporaron masivamente al mercado laboral,
se necesitó a otra mujer que cubriera las necesidades de cuidado, pero además
que lo hiciera por poco dinero.
Parece que
para incorporarnos al mercado laboral, tenemos que explotar a otra mujer.
En el imaginario colectivo las
tareas domésticas son responsabilidad de la mujer de la familia, por lo tanto
la lógica es que si se contrata servicio doméstico es para sustituirla en su
responsabilidad, así que el sueldo para pagar a la trabajadora debe salir de
esa mujer de la familia.
Y si hablamos de las dificultades
para regularizarse de estas mujeres ¡pues muchísimas! Se incorporan al servicio
doméstico, donde obtener un contrato de trabajo es difícil, por lo tanto es
complicado regularizarse. Cuesta que las familias empleadoras den de alta en la
seguridad social pero es que además, para muchas sigue siendo caro.
De hecho la
gran lucha para que el empleo de hogar entrase en el régimen general ha sido de
las mujeres inmigrantes, porque necesitan estar contratadas para "regularizarse",
se lo debemos a ellas que han estado luchando. Pero no tienen derecho a paro,
no tienen derecho a prácticamente a nada.
¿Están en
régimen de autónomas?
No, no, están dentro del régimen
general, pero no tienen derecho a la prestación por desempleo, porque están en
una parte especial del régimen general. En cuanto a la cotización a la
seguridad social ¿quién la asume? debería hacerlo la persona que emplea, pero
en muchos casos lo asume la trabajadora, o la pagan a medias… o se la
descuentan del sueldo…
Pagan la seguridad social porque así
consiguen los papeles ¿no? están atrapadísimas…
Están muy atrapadas. Es un sector en
el que desgraciadamente existe mucha explotación y mucho abuso, no hay un
control del Estado como en otros ámbitos, aquí la inspección tiene muchas
dificultades. En muchas ocasiones trabajan de manera irregular hasta que
cumplen los tres años en España y pueden solicitar la autorización de
residencia.
Muchas soportan verdaderos abusos
con la promesa del contrato, en régimen de semiesclavitud, en régimen de
internas, sin días de descanso por 300 o 400 euros y en ocasiones, como
decíamos, costeándose su propia seguridad social.
Luego están
los comentarios de los empleadores y las empleadoras “es que luego les das el contrato y se van”,
es normal todo el mundo está deseando salir de esa precariedad.
Además
existe esa figura del desistimiento, es decir, yo te puedo despedir alegando
falta de confianza, sin tener que acreditar nada más. Entonces ¿cómo puede
demostrar una trabajadora un despido injustificado?
Claro, es que es muy duro, sí.Nos
hemos encontrado a empleadoras o empleadores que han denunciado o amenazado con
denunciar por robo a la empleada, cuando esta ha reclamado condiciones más
justas, como el salario estipulado por ley. Existe mucho abuso.
Es verdad que la mentalidad está
cambiando, hacía la consideración del servicio doméstico como un trabajo más
donde la trabajadora debe estar cubierta. Existe una mayor concienciación
gracias a las movilizaciones sociales. Pero aún perdura la idea de la
servidumbre, que con darles casa y comida se pagan los servicios.
En
definitiva, es un sector que favorece la indefensión de las trabajadoras...
Así es. Por ejemplo cuando te
contratan como administrativa en una oficina, existen unos datos objetivos
-formación, experiencia- que te avalan para ser considerada adecuada en el
trabajo, pero en el trabajo doméstico y de cuidados no ocurre lo mismo, así
cuando se hace una oferta genérica de empleo en el Sistema Extremeño de
Promoción del Empleo (SEXPE) a la hora de descartar a alguien para el puesto,
basta con argumentar “no he tenido una conexión y un entendimiento con
esta persona” y ya está. Si no existe una confianza o un buen "feeling” ya
tienes argumentos suficientes y ningún inspector o inspectora puede
rebatirte y obligarte a contratar.
Volviendo
a lo general y viendo todas estas dificultades ¿cómo se deben hacer los
contratos para poder trabajar con autorización desde el principio?
Entre otras formas, si se quiere contratar
en régimen general, existen las llamadas “ofertas nominativas”. En ellas, la
persona que quiere emplear hace una oferta de empleo genérica en
el SEXPE; si esa oferta queda desierta la administración
emite un certificado negativo de empleo. Con el certificado negativo de empleo
-aunque también se necesitan otros requisitos- se solicitará en
Subdelegación de Gobierno la autorización para hacer una oferta
nominativa, es decir, a una persona concreta. Si se reúnen todos los
requisitos por ambas partes, se emite una resolución que es con la que
la persona a contratar, por el ejemplo como empleada de
hogar, tramitará desde su país un visado de residencia y trabajo con la
que poder llegar aquí legalmente.
Este mecanismo también lo suelen
emplear gente que no reúnen el requisito de los tres años para poder
"regularizarse", así que regresan a su país y siguen este proceso,
pactado con alguna persona empleadora, para así poder volver a España con toda
la documentación en regla. Esto les sale caro porque deben pagar el viaje de
ida y vuelta y, en ocasiones, una persona que les sustituya en su puesto
mientras que tramita toda la documentación.
Y debes
confiar en que el empleador/a va a contratarte…
¡Claro! Y hay ocasiones que la
persona se ha ido y la situación de quien emplea cambia: o tiene prisa, o la
persona dependiente ha empeorado y ha ingresado en una residencia…
Y estás
allí… (en tu país de origen)
Resumiendo ¿Dificultades de las
mujeres? Pues muchas,
teniendo en cuenta, además, que sí hay dificultades para encontrar trabajo hay
dificultades para regularizarse. Volviendo a las mujeres inmigrantes del Campo
de Arañuelo, sus dificultades para trabajar son varías. De
entrada el trabajo agrícola sigue estando muy masculinizado, pero en ocasiones
sus propios cónyuges no quieren que trabajen; además, suele ser común que
tengan hijos o hijas menores a su cargo, con las consiguientes dificultades
para conciliar... A esto hay que añadirle lo que hemos hablado antes
relativo a la forma en la que llegaron, por reagrupación, y hay que tener en
cuenta que hasta hace poco, la autorización de residencia que se concedía de
esta manera no incluía permiso de trabajo; ahora esto ha cambiado....
Cuéntanos
más de las reagrupaciones familiares
Desde ADHEX reivindicamos que, a la
hora de resolver un expediente de una reagrupación la Administración
debería tener en cuenta el lugar de residencia de quienes lo presenta. Esto es
porque uno de los criterios para la reagrupación es contar con medios económicos,
los cuales se fijan a través del Indicador Público de Renta de Efectos
Múltiples (IPREM). Actualmente estaremos hablando de una renta mensual de
aproximadamente unos 537 euros, más el 50% por cada miembro que se pretenda
reagrupar. Para una familia de 4 ó 5 miembros son casi 2.000 euros mensuales,
una cantidad desorbitada y difícil de tener para una familia de origen
migrante, pero aún peor en el caso de una familia que viva en Talayuela o
en Majadas de Tiétar. Como mínimo creemos que el cálculo debería hacerse en
función del lugar de residencia de la familia; no se necesitan los mismos
medios económicos para residir en Talayuela, que en Madrid o Barcelona.
Pero
siendo tan difícil ¿cómo se consigue la reagrupación?
Pues no se consigue en su totalidad,
sino que siempre hay miembros que se quedan fuera. Con los requisitos actuales,
especialmente los económicos, puedes reagrupar a una o dos personas de tu
familia, las demás se quedan fuera. Esto explica, por ejemplo, que haya niños o
niñas aquí que no tienen documentación.
Además, a
menudo, son familias con muchos hijos y/o hijas
Las familias tienen que hacer muchos
números. Muchos hombres presentan 3 y 4 nóminas al mes porque están haciendo
muchas horas en el campo, recogiendo absolutamente de todo y tienen unas
nóminas impresionantes y aún así le tienes que decir: “Hay un niño o
una niña que tienes que dejar en Marruecos. Elige a que hijo o a que hija dejas
en Marruecos porque NO-TE-DA”.
Como decíamos antes la ley ha
cambiado, pero con anterioridad cuando un cónyuge venia por reagrupación solo
venía con permiso de residencia. ¿Por qué era así? Porque estaba pensado para
que vinieran de esta manera mujeres y que aquí se dedicaran al cuidado de su
familia. Con la entrada en vigor del Reglamento actual, la persona
reagrupada viene ya con permiso de trabajo, lo cual ayuda porque así es más
fácil acceder a la renta necesaria para reagrupar al resto de la
familia. Pero como decíamos, las mujeres marroquís siguen teniendo muchas
dificultades, con menores a su cargo, en una cultura machista, en un
sector masculinizado como el agrícola... así que finalmente son pocas las
que acceden al mercado laboral.
Pero además había un problema
añadido cuando eran mujeres las que reagrupaban a sus cónyuges. En la mayoría
de los casos que vimos las mujeres que reagrupaban eran latinoamericanas,
trabajadoras del servicio doméstico. Imagina, en un primer momento venía
sola, es decir, eran las protagonistas de su propio proceso migratorio, en
ocasiones huyendo de un entorno familiar violento, de violencia de género, de
pobreza, o también porque en la familia se tomó la decisión de que migrase ya
que las únicas ofertas eran para el servicio doméstico. Entonces, la mujer
viajaba sola, estaba un año sola, viviendo sola, administrando su dinero, su
vida y al año, por reagrupación, llegaba el marido quien debía estar un
año sin trabajar. En ocasiones esto suponía un factor de riesgo para que se
dieran episodios de violencia de género.
En
definitiva la reagrupación esta estaba pensada para el hombre,
además dentro de la familia tradicional… Se modificó, porque los flujos
migratorios van cambiando y se ha ido adaptando y se ha ido modificando a
mercado laboral.
Resumiendo: ¿Problemas para las
mujeres?, pues todos. Por el nicho
de mercado al que acceden, al servicio doméstico y hostelería. Para ellos es
más fácil, a los sectores a los que acceden los varones (construcción, agrario,
hostelería) hay más inspecciones laborales y si hay más
inspecciones, hay más control. Los empresarios/as están más obligados, con lo
cual a todos/as les interesa que la documentación esté en regla, porque las
sanciones son muy altas.
Además, en esos sectores es más
fácil prosperar y ascender, por el contrario las mujeres aceden a puestos donde
el control es menor por lo tanto, más expuestas a explotación y de poca o nula
proyección.
Hasta aquí la primera parte de la entrevista.
Gracias Beatriz.
La segunda parte se puede ver en: